NUEVA LEY- REFORMA LABORAL. Se aplica el incentivo al blanqueo de personal y el Fondo de Asistencia Laboral

El Cr. Sergio Carranza indicó que la Reforma Laboral aprobada recientemente, ya está vigente, aunque ha tenido algunos vaivenes en tribunales en diferentes puntos del país, ha habido presentaciones acerca de la inconstitucionalidad de algunos artículos.

Lo que está vigente es el régimen de incentivo a la formalización laboral, o sea, una especie de incentivo para que se blanquee el empleado. Esto aplica a todas las empresas del sector privado, pero no hacia todos los trabajadores, aplica solamente a aquellos trabajadores que antes eran monotributistas y ahora pasan a un régimen de relación de dependencia, o a empleados que vienen del sector público, o aquellos que estaban desempleados, o empleados en negro en los últimos seis meses, contado desde el 1 de mayo. “Es decir que hay un aspecto importante que ya está vigente y esto redunda en un ahorro de un 15 en las cosas contribuciones, en la medida que puedas tomar ese tipo de trabajadores. Tiene cuatro años de vigencia el beneficio.

Si la empresa suma tres o cuatro empleados en el período 1 de mayo-30 abril 2027, año, digamos, va a poder de esos empleados pagar un 20 por ciento  menos por cada uno de contribuciones al SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino).

En referencia al Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el Poder Ejecutivo, a Través del decreto 408 de este año, prorrogó la entrada en vigencia de este régimen para el 1 de noviembre de este año. Es decir, estaba previsto que empezáramos a partir del 1 de junio y se prorrogó hasta el 1 de noviembre. “Creo que ahí el principal problema que tiene el gobierno es que no sabe, o no puede, o no logra coordinar bien cómo se van a manejar los fondos de este Fondo, porque todos los meses va a haber un aporte más o menos del 2%, que es bueno aclararlo, no es una nueva carga que se suma, sino que va a salir de lo que ya se paga de contribuciones, solo que va a ir con destino a este fondo de asistencia laboral”.

El FAL tiene el objetivo de servir para si en algún momento se debe indemnizar a algún empleado. Pero no está muy claro cómo se va a manejar ese dinero, porque ese dinero, lo dice la propia ley, es un fondo que no forma parte del patrimonio del empleador, si es una persona jurídica, del patrimonio de la sociedad, si es una persona física, dentro del patrimonio de la persona física. Es un fondo independiente, inembargable y que está fuera del patrimonio del empleador.

Cumple ese único objetivo, de tener un monto importante para que el día mañana pueda servir para ayudar a poder pagar la indemnización. En caso de no llegar con este fondo, tendrá que buscar el dinero restante, pero va a ser una ayuda. Es similar al que viene funcionando para empleados de la construcción.

El Banco de Horas está vigente, está reglamentado, mientras haya acuerdo entre empleador y empleado, no creo que haya inconvenientes. El aspecto a tener en cuenta es ¿cuándo consideramos que es horas extra y cuándo consideramos que son horas canjeables por días trabajables?  Eso es lo que acuerda el empleado con el empleador. “Creo que ahí hay un aspecto un poco gris que todavía falta de asegurar”.

Asimismo, consideró importante, que alivia un poco la carga de papelería y cosas a presentar, es que con esta reforma se eliminó todo lo que era el libro de sueldos, la única registración válida es la que hace el empleador en ARCA, o sea que es todo digital, no hay más que firmar con ENCODE, no hay todos esos gastos que tenía ante el empleador.

“Y lo  otro que creo que es importante para que el trabajador realmente conozca lo que le cuesta a la empresa, es que en el recibo de sueldo además de la información que tenía en una columna el bruto del sueldo, se agrega ahora todo lo que el empleador tiene que aportar al sistema por tener un empleado”.

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