
Máximo tribunal revoca recorte de daño moral y lucro cesante a familia por mala praxis en parto de 2002
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó incrementar la indemnización a los padres de una niña que sufrió parálisis cerebral grave por mala praxis durante su nacimiento en 2002, al considerar arbitraria la reducción dispuesta por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de los familiares, entendiendo que la sentencia cuestionada vulneró garantías constitucionales.
El caso comenzó con una demanda contra el obstetra, la partera y las empresas Swiss Medical Group S.A., Clínica y Maternidad Suizo Argentina S.A., Docthos S.A. y HSBC La Buenos Aires Seguros S.A. por daños derivados de una encefalopatía hipóxico-isquémica perinatal que dejó a la menor, M., con parálisis cerebral grado IV. La niña quedó en silla de ruedas, depende de botón gástrico para alimentarse, no habla y presenta movimientos involuntarios.
En primera instancia, la jueza condenó a todos los demandados y extendió la responsabilidad a las aseguradoras. Sin embargo, en abril de 2021 la Sala K de la Cámara Civil revocó parcialmente el fallo: eximió al obstetra y la partera, sostuvo que no podía descartarse una causa prenatal y redujo sustancialmente los montos por daño moral y lucro cesante.
La Corte Suprema calificó de arbitraria esa reducción. “No se advierte de qué modo las condiciones de la joven y la manera en que ha incidido el evento en su ánimo puedan resultar fundamento mínimamente aceptable de la reducción del daño moral decidido”, afirmaron los ministros. También cuestionaron el recorte a los padres: las graves secuelas generan “una terrible angustia e incertidumbre familiar”, por lo que los argumentos de Cámara “no son consistentes con la magnitud del padecimiento descripto por la jueza de primera instancia”.
El fallo ordena a la Cámara dictar nueva sentencia ajustada a estos criterios, restableciendo montos más acordes con la gravedad de las secuelas y el impacto en la vida familiar. Los ministros recordaron que la responsabilidad civil médica debe ponderar el sufrimiento real y duradero de las víctimas y sus allegados, especialmente en casos de discapacidad irreversible.
Organizaciones de derechos del paciente celebraron la decisión como precedente para evitar minimizaciones en casos de mala praxis obstétrica, una de las principales causas de demandas por daños en Argentina. El caso, que lleva más de 23 años, vuelve ahora a Cámara para recalcular la indemnización.
En síntesis, la Corte Suprema protege el derecho a una reparación integral en casos de parálisis cerebral por negligencia médica, corrigiendo recortes que consideró injustificados.
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