En 2017, el ex concejal Javier Dupraz había advertido posible desfinanciamiento de los planes

El 27 de octubre de 2017, el entonces concejal Javier Dupraz formuló una serie de observaciones y cuestionamientos a un proyecto de ordenanza que planteaba en el diario de sesiones del Concejo Deliberante, que no se limite la licitación, y en ese momento pidió que no se apruebe el proyecto de ordenanza que suprimía el artículo 13 de la ordenanza 45/2009, porque consideraba «que perjudicaba a los adherentes que no tenían vivienda ya que retrasaban la entrega y hacían ineficiente el sistema».

El artículo 13 de la mencionada ordenanza (ver al final el texto), cambiaba el sistema de sorteo y licitaciones, lo que motivó el análisis de Dupraz advirtiendo de los problemas que eso podría generar a futuro en los planes.

Precisaba textualmente eso iba a hacer que el valor de la cuota se incremente ya que cada vez que alguien cancela y anticipa cuotas, «lo hace abonando una cuota doble que de otra manera comenzaría a ingresar mucho tiempo más adelante». Por otra parte, como dicen las ordenanzas, manifestó que las adjudicaciones de viviendas se harán cada vez que el sistema tenga fondos suficientes «y si alguien cancela o anticipa cuotas al precio de cuota doble, hace que ingrese más dinero al sistema y favorece o adelanta un sorteo que de otra forma no se haría», señala el diario de sesión del Concejo.

Continúa indicando: «el concejal Dupraz dice que el sistema está confeccionado para favorecer a los que no tienen vivienda, y que la en otra oportunidad por hacer demagogia con los planes, se desfinanciaron y que ellos serán responsables del desfinanciamiento o el incremento de las cuotas por esta medida».

Recordó que cuando la administración de Juan Pablo Rujinsky, de la cual era funcionario, ingresó a la gestión, tuvo que reordenar los planes porque «no cerraban». Y mencionó que en el Plan Techo iban a faltar 21 viviendas sobre 138 adherentes, en el Plan Unidad 43 metros iban a faltar 37 viviendas sobre 146 adherentes, en el Plan Unidad 72 metros faltaban 4 viviendas sobre 14 adherentes, y en el Primer Hogar faltaban 43 viviendas sobre 170 adherentes. «El gobierno anterior sin demagogia y con eficiencia en los sorteos, entregaron el gobierno en 2015 con todos los planes que cerraban y algunos podían terminar varias cuotas antes como el plan Mi Familia, Mi Hogar».

En lo central de lo manifestado por el Cr. Javier Dupraz en 2017, señalaba que el gobierno de entonces (2015-2019), «SORTEÓ EN 19 MESES DE GESTIÓN 83 CASAS DE LOS PLANES SIVAVI, ES DECIR 4,40 CASAS POR MES, LO QUE PROVOCA MENOS INGRESOS YA QUE AL NO HABER ENTREGAS NO SE COBRAN CUOTAS DOBLES, Y SE HACE INEFICIENTE EL SISTEMA».

Continúa Durpaz en ese diario de sesiones en 2017: «no es cierto que en las licitaciones se favorezca a los inversionistas, y de los datos obtenidos en el Dpto, de Viviendas, surge por ejemplo que en el SIVAVI I, una de las últimas licitaciones (2017), fue desierta, y en el caso del SIVAVI II de las últimas ocho, cinco fueron cinco para no propietarios y tres a propietarios. En el SIVAVI IV , de seis cuatro fueron para no propietarios y dos para propietarios, con lo cual afirmaba que quedaba demostrado que contrariamente a lo que sostenía el Ejecutivo de ese momento, los números mostraban que se favorecía a los no propietarios».

«ADVERTÍA ENTONCES QUE SE LES ESTABAN CAMBIANDO LAS CONDICIONES EN LAS QUE LOS ADHERENTES INGRESARON AL PLAN, LO QUE PODRÍA TRAER APAREJADOS PROBLEMAS», detalla puntualmente el diario de sesiones del Concejo.

DE QUÉ SE TRATABA LA ORDENANZA 45/09 QUE DIO ORIGEN AL CUESTIONAMIENTO DE DUPRAZ

La ordenanza aprobada en octubre de 2017 en la gestión del gobierno de Daniel Chiocarello, sustituyó el artículo original, el número 13 de la ordenanza N° 45/2009, el
cual quedó redactado de la siguiente manera: “Artículo 13.- ADJUDICACION: La adjudicación de cada plan de vivienda se efectuará una por sorteo entre los adherentes que no cuenten con vivienda,
una por sorteo entre la totalidad de los adherentes del sistema y uno por
licitación en forma cronológica. En caso de no existir interesados en licitar se
procederá a efectuar la adjudicación por sorteo. Los sorteos y las licitaciones
se realizarán en las fechas que determine el Poder Ejecutivo, cuyas fechas se
encontrarán supeditadas a la existencia de recursos suficientes equivalentes al
costo de la o las unidades a construir. Las adjudicaciones se realizarán de la
siguiente forma: 1.Sorteo: Los sorteos se efectuarán entre todos aquellos adherentes que
manifiesten su intención de participar en el mismo mediante su registro en la
planilla dispuesta para ese fin, que no registren cuotas impagas y que sean
titulares de un inmueble (terreno) mediante escritura pública o boleto privado
de compraventa. En el supuesto que no hubiera ningún interesado en
participar, se sorteará la adjudicación entre todos los adherentes, que se
encuentren en condiciones de participar, debiendo aceptar inexcusablemente el
adherente que hubiera sido designado a tal efecto, caso contrario será excluído
del sistema, con pérdida del cincuenta por ciento (50 %) de lo abonado. En
caso de verificarse falseamiento y/u omisiones en el cumplimiento de los
requisitos por parte del adjudicatario, el Poder Ejecutivo podrá, con
posterioridad a la adjudicación, dejar sin efecto en cualquier instancia la misma
y/o aplicar una multa de hasta el equivalente a ocho cuotas preadjudicación
que deberá abonarse en el plazo de diez días de aplicada, caso contrario no
participará de las adjudicaciones.-

  1. Licitación: La licitación se adjudicará al adherente que hubiera ofrecido
    abonar al contado el monto en pesos, en concepto de adelantamiento de pago
    de cuotas por adjudicación, igual al valor de la base equivalente a treinta
    cuotas postadjudicación y un tope de máximo de hasta el mismo valor de
    treinta cuotas postadjudicación. Los interesados presentarán sus ofertas por
    escrito en sobre cerrado en el día y hora establecido, procediéndose a su
    apertura luego del vencimiento del plazo para la presentación de ofertas, en
    acto público y en presencia de los interesados que se encuentren presentes,
    resolviéndose el orden de adjudicación. En el supuesto de que existieren
    sobres con iguales ofertas, se procederá a la adjudicación mediante sorteo
    entre quienes hayan realizado presentación de las ofertas igualadas. El
    adherente adjudicado deberá abonar el importe ofrecido en el plazo de dos
    días desde el acto de licitación, caso contrario se adjudicará al siguiente
    interesado. El adherente que no abonare el importe de la licitación en tiempo y
    forma será pasible de una multa de hasta pesos el equivalente a cinco cuotas
    preadjudicación que podrán ser deducidas de los importes abonados al
    presente sistema y/o reclamada judicialmente. El pago del importe objeto de
    licitación se imputará a las últimas cuotas del plan del respectivo adherente,
    tomándose el monto correspondiente al valor de la cuota post – adjudicación al
    momento del sorteo. En caso de no haber oferentes para la licitación el plan se
    adjudicará por sorteo.”.-
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