Desde el Centro de Jubilados proponen que el municipio implemente ayuda a adultos mayores para refacción de sus viviendas

La iniciativa surgió del PEL para Adultos Mayores, es no vinculante, requiere que algún concejal la suba al recinto del Concejo Deliberante para que sea tratada.

En el marco del cierre del Programa de Extensión Legislativa para Adultos Mayores, implementado por primera vez en el Concejo Deliberante, se llevó a cabo el cierre del mismo con la participación de representantes del Centro de Jubilados y Pensionados quienes presentaron su proyecto «Creación del Programa Municipal de Ayuda Habitacional Reintegrable para Adultos Mayores», una iniciativa destinada a mejorar las condiciones de habitabilidad de adultos mayores en situación de vulnerabilidad, promoviendo soluciones concretas y accesibles para nuestra comunidad.

Específicamente tiene por objeto las refacciones urgentes y/o necesarias de viviendas, para adultos mayores cuyos ingresos no superen los 2 (dos) haberes mínimos de ANSES, cuya vivienda sea única y habitada por la persona solicitante y que además no cuente con un vehículo a su nombre cuya antigüedad sea menor a cinco años. Se desarrollaría a través de la Secretaría de Planeamiento Urbano, Ambiental, Obras y Servicios Públicos a través del Departamento de Viviendas, como autoridad de aplicación de la presente.

El aporte debe orientarse a que la vivienda reúna un mínimo de condiciones de habitabilidad, seguridad y confort. La entrega de los materiales para la ejecución del proyecto será realizada por etapas y conforme al avance de obra que será supervisado por quien determine la Secretaría mencionada.
Para ponerlo en marcha, se abrirá un registro de inscripción preliminar en el Centro Unión de Jubilados y Pensionados de Las Varillas de aquellos adultos mayores que deseen y se encuentren en situación de participar del programa y las autoridades de aplicación en conjunto con la Secretaria de Gobierno a través de la Dirección de Acción Social realizarán un expediente en cada caso para el análisis del otorgamiento de la ayuda, el cual deberá constar con:

  • Encuesta/Estudio socio – económica/o que constate la situación de emergencia habitacional y vulnerabilidad social.
  • Fotocopia recibo de haberes grupo familiar y/o declaración jurada.
  • Boleto de Compra Venta y/o Título de Propiedad y/o Certificado de Posesión del lote en donde se pretende el mejoramiento
  • Presupuesto del monto de la ayuda económica reintegrable de Mejoramientos Habitacionales.
  • Cualquier otro requisito que las autoridades de aplicación consideren conveniente
    Artículo 5: La demanda se irá cubriendo en función del porcentaje recaudado en el Fondo Municipal de la Vivienda y cualquier otro que fuere creado a tales fines y a medida que la unidad de aplicación certifique el avance de obra.

  • Los criterios de selección de los beneficiarios los determinará la Secretaria de Gobierno a través de la Dirección de Acción Social de acuerdo a la urgencia habitacional y/o por sorteo.
    Artículo 6: Facúltese al P.E.M para establecer hasta (120) cuotas, para la devolución de la “Ayuda Habitacional Reintegrable a Adultos Mayores”, y/o atendiendo a la realidad de cada beneficiario. El precio de la cuota de recupero, se ajustara periódicamente de acuerdo a las actualizaciones del Índice del Costo de la Construcción Cba .Los ingresos correspondientes a estos planes de pago se aplicarán al sostenimiento de este programa.
    Artículo 7: Comuníquese, publíquese, dese al registro municipal y archívese.

En sus fundamentos, señalan que en la actualidad muchos adultos mayores necesitan realizar refacciones en sus viviendas y no cuentan con los recursos necesarios para solucionar problemas de humedad, desagües, cloacas, filtraciones aberturas en condiciones etc. situaciones que afectan a la salud y a las condiciones de seguridad de quienes la habitan
Frente a esta realidad gran cantidad de adultos mayores cuentan con haberes mínimos que no les permite hacer frente a las erogaciones correspondientes por las vías de financiamiento habituales del mercado.
La creación del Programa de Extensión Legislativa Ord.116/24 para adultos mayores permite ingresar al H.C.D. iniciativas no vinculantes a personas y/o instituciones que nuclean al sector de Adultos Mayores, existiendo además antecedentes legislativos de Programas similares como el creado por Ord. 261/18 Ayuda Habitacional con reintegro y su modificatoria con el Programa Mejor Hogar, Mejor Vida Ord. 80/2020.

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