NUEVO RÉGIMEN TRIBUTARIO DESDE OCTUBRE 2025
A partir del 1 de octubre de 2025, la provincia de Buenos Aires aplicará retenciones de Ingresos Brutos a las billeteras virtuales, equiparándolas al sistema utilizado para cuentas bancarias mediante el Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA). Esta medida, anunciada tras las elecciones provinciales, busca armonizar el sistema tributario con otras jurisdicciones y garantizar equidad entre los medios de pago.
Implementación del SIRCUPA en Buenos Aires

El Gobierno bonaerense oficializó su adhesión al SIRCUPA, un sistema que permite a las provincias compartir información y realizar retenciones de Ingresos Brutos en billeteras virtuales, como Mercado Pago o Personal Pay, de manera similar al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), aplicado a cuentas bancarias.
Las retenciones afectarán a monotributistas, comerciantes y pequeños empresarios que operen con cuentas virtuales. Las alícuotas varían entre 0,1% y 5%, según la actividad del contribuyente, y no se aplicarán a transferencias entre cuentas del mismo titular. Aunque SIRCUPA y SIRCREB tienen registros distintos, en general, quienes estén obligados por uno también lo estarán por el otro.
Escenarios de aplicación de las retenciones
El SIRCUPA identificará a los contribuyentes obligados a pagar Ingresos Brutos en las 20 jurisdicciones adheridas. La incorporación de Buenos Aires al sistema sumará nuevos contribuyentes al padrón, quienes enfrentarán retenciones en operaciones donde antes no se aplicaban.

Además, los contribuyentes ya registrados en otras provincias ahora tributarán también en Buenos Aires, lo que podría incrementar el porcentaje retenido. Por último, aquellos bajo el Convenio Multilateral que facturen en Buenos Aires y en jurisdicciones no adheridas al SIRCUPA, como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comenzarán a recibir retenciones en la provincia.
Detalles del nuevo régimen tributario
El régimen, vigente desde el 1 de octubre, se aplicará a los montos acreditados en cuentas virtuales en pesos, moneda extranjera (excepto dólares estadounidenses) o instrumentos equivalentes a la moneda de curso legal. Las billeteras virtuales, denominadas formalmente Proveedores de Servicios de Pago (PSPCP), inscriptos en el registro de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC) del Banco Central, actuarán como agentes de recaudación.
Fuentes del Gobierno bonaerense aclararon que no se trata de un nuevo impuesto: “La medida alinea la normativa provincial con el resto del país, siguiendo las disposiciones de la Comisión Arbitral, que armoniza el sistema tributario entre jurisdicciones. Se equiparan las billeteras virtuales al SIRCREB, garantizando un tratamiento equitativo para todos los medios de pago”.
La inclusión en el padrón de contribuyentes es requisito para la aplicación de las retenciones, que alcanzarán a cuentas de personas físicas o jurídicas con al menos un titular registrado como contribuyente provincial, ya sea en el régimen local o en el Convenio Multilateral.
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