La Justicia falló contra un banco por cobrar el resumen de la tarjeta de crédito antes de tiempo

El Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Corrientes ordenó al Banco de Corrientes S.A. modificar su sistema de débito automático para respetar la fecha de vencimiento contractual y proteger la disponibilidad de fondos de los usuarios

El Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Corrientes, a cargo de la jueza Sonia Elizabeth Filipigh, falló en contra del Banco de Corrientes S.A. por practicar débitos automáticos anticipados del saldo total de tarjetas de crédito, varios días antes de la fecha de vencimiento indicada en los resúmenes mensuales. La sentencia obliga a la entidad a cesar inmediatamente esta modalidad y ajustar sus sistemas para que los cobros se realicen únicamente en el plazo pactado en el contrato.

El caso se originó en una demanda presentada por un titular de tarjeta Visa emitida por el banco, quien denunció que el débito se ejecutaba de forma sistemática —incluso inmediatamente después de la acreditación de haberes— sin autorización expresa para adelantar el pago. El demandante argumentó que esta práctica impedía la libre disposición de sus fondos, generaba perjuicios económicos al inmovilizar recursos y violaba las condiciones contractuales acordadas.

La jueza analizó el contrato suscripto y concluyó que la autorización del usuario solo habilitaba el débito en la fecha de vencimiento estipulada, no de manera anticipada. Por lo tanto, la conducta del banco resultó improcedente y sin respaldo contractual. El fallo encuadró la cuestión en el régimen de protección al consumidor, destacando que las entidades financieras no pueden modificar unilateralmente los plazos pactados, ni siquiera mediante procesos automatizados.

La sentencia refuerza que adelantar cobros sin consentimiento expreso afecta derechos fundamentales del usuario, como la disponibilidad inmediata de sus fondos para uso, inversión u organización financiera. El banco deberá readecuar sus procedimientos de débito automático y se le impusieron las costas del proceso.

Este precedente judicial pone límites claros a prácticas bancarias que exceden lo convenido y podría extenderse a casos similares en otras entidades. La decisión subraya la importancia de respetar estrictamente los términos contractuales en las relaciones de consumo financiero y fortalece la tutela de los derechos de los titulares de tarjetas de crédito frente a sistemas automatizados que priorizan la liquidez del banco por sobre la del cliente.


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