Un tribunal bonaerense condenó a la compañía por demora en el pago y conducta grave; el fallo incluyó daño moral y punitivo, superando los 12,4 millones de pesos
Un tribunal civil y comercial de la provincia de Buenos Aires condenó a una aseguradora a pagar una indemnización que supera ampliamente su oferta inicial por la destrucción total de un vehículo robado e incendiado en octubre de 2021 en Garín. El fallo establece un precedente importante en materia de protección al consumidor y obliga a las compañías a actualizar montos por inflación y asumir responsabilidad por demoras.

El damnificado, titular de un Chevrolet Prisma, sufrió un asalto a mano armada: delincuentes lo interceptaron, se apoderaron del auto y lo incendiaron poco después. La aseguradora reconoció la destrucción total y ofreció pagar poco más de 1,5 millones de pesos a comienzos de 2022, monto calculado sobre valores de ese momento. Sin embargo, el trámite se extendió por meses debido a la baja registral del vehículo, gestionada por una intermediaria vinculada a la empresa.
El asegurado demandó la actualización del monto por la demora y la inflación acumulada. La compañía rechazó el reclamo alegando prescripción del derecho y que la dilación era responsabilidad del cliente. El tribunal descartó ambos argumentos: consideró que el plazo de prescripción corría desde la finalización de la baja registral (trámite indispensable y a cargo de la aseguradora) y atribuyó la demora exclusiva a la empresa.
La sentencia ordenó abonar una suma que supera los 12,4 millones de pesos, incluyendo:
- Capital ajustado por inflación al valor real al momento del pago.
- Daño moral equivalente al 50 % del monto principal.
- Daño punitivo por la conducta grave de la aseguradora, que vulneró derechos del consumidor y generó perjuicio innecesario.
Si no se paga en el plazo establecido, se aplicarán actualización e intereses. El juez enfatizó que las indemnizaciones por siniestros deben reflejar el valor real del bien al momento de la reparación, no cifras históricas, y que las compañías tienen obligación de diligencia y buena fe.
Este fallo refuerza la jurisprudencia sobre responsabilidad de las aseguradoras en casos de robo e incendio total, priorizando la reparación integral y sancionando prácticas dilatorias o abusivas.
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