Gobierno elimina retenciones a exportaciones de acero y aluminio hasta 2026

MEDIDA PARA IMPULSAR LA COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL

El Gobierno nacional dispuso la eliminación temporal de las retenciones a las exportaciones de acero, aluminio y sus derivados mediante el Decreto 726/2025, publicado en el Boletín Oficial.

La medida, vigente hasta el 31 de diciembre de 2025, aplica a envíos a países con aranceles de importación superiores al 45%, buscando fortalecer la competitividad del sector industrial argentino en el comercio internacional.

Detalles de la medida

El Decreto 726/2025 establece una alícuota del 0% para los derechos de exportación de productos de acero y aluminio destinados a países que aplican aranceles de importación “ad valorem” iguales o superiores al 45%.

Productos sin retenciones temporalmente

La medida abarca los siguientes productos, según el Decreto 726/2025:

  • 72.08: Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en caliente, sin chapar ni revestir.
  • 72.09: Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir.
  • 72.10: Laminados planos de hierro decade sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos.
  • 72.11: Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir.
  • 72.12: Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados o revestidos.
  • 72.24: Aceros aleados en lingotes o demás formas primarias; productos intermedios de los demás aceros aleados.
  • 72.25: Laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm.
  • 72.26: Laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm.
  • 73.04: Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, de hierro o acero.
  • 76.01: Aluminio en bruto.
  • 76.04: Barras y perfiles, de aluminio.
  • 76.05: Alambre de aluminio.
  • 76.06: Chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm.
  • 76.07: Hojas y tiras, delgadas, de aluminio (incluso impresas o fijadas sobre papel, cartón, plástico o soportes similares), de espesor inferior o igual a 0,2 mm (sin incluir el soporte).

La medida será aplicable a las operaciones de exportación que se efectivicen entre el 9 de octubre y el 31 de diciembre de 2025 inclusive, o hasta que se formalice una reducción arancelaria respecto del arancel de importación igual o superior al 45%, lo que ocurra primero.

Al argumentar la decisión, el Ejecutivo sostuvo en el texto oficial que “la presente medida busca fortalecer la capacidad exportadora y dotar de una mayor competitividad a uno de los sectores productivos del país, alineando las políticas con los principios de la libertad y una mayor apertura del comercio que impulsen el crecimiento de las cadenas de valor industriales”.

En este sentido, remarcó que “la República Argentina cuenta con capacidades productivas relevantes en los sectores de aluminio y acero, los cuales revisten carácter estratégico en la estructura industrial del país, generando volumen de exportaciones, empleo y valor agregado”.

Contexto y objetivos

El Gobierno, liderado por Javier Milei, justificó la medida destacando que Argentina posee “capacidades productivas relevantes” en los sectores de acero y aluminio, considerados estratégicos por su generación de empleo, valor agregado y volumen de exportaciones. La eliminación de retenciones busca mitigar el impacto de prácticas proteccionistas de países que aplican altos aranceles de importación, afectando la competitividad de las exportaciones argentinas. La norma promueve la libertad económica y la apertura al comercio internacional, fortaleciendo las cadenas de valor industriales.


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