CONDENA AL INTENDENTE DE ESTACION GENERAL PAZ POR MULTAS INDEBIDAS

La Cámara Segunda del crimen, con jurados populares, y la fiscal de Cámara Laura Batistelli en representación del Ministerio Público Fiscal, resolvió por mayoría condenar al intendente de la localidad de Estación General Paz, Carlos Héctor Borgobello, a tres años de prisión en forma de ejecución condicional, inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos por cuatro años y realizar dieciséis horas mensuales de  trabajo no remunerado en una institución pública o de bien público.

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La Cámara Segunda del crimen, con jurados populares, y la fiscal de Cámara Laura Batistelli en representación del Ministerio Público Fiscal, resolvió por mayoría condenar al intendente de la localidad de Estación General Paz, Carlos Héctor Borgobello, a tres años de prisión en forma de ejecución condicional, inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos por cuatro años y realizar dieciséis horas mensuales de  trabajo no remunerado en una institución pública o de bien público. Esto por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de exacciones ilegales continuadas y falsedad ideológica continuada, en concurso real, en la causa que se inicio por el cobro indebido de multas en la localidad y que se habían acumulado desde el 2008.

Asimismo fue condenada en la misma causa y por unanimidad,  Alejandro José Abelianskycomo partícipe necesario  de los delitos de exacciones ilegales continuadas y falsedad ideológica continuada, en concurso real, con la pena de dos años y ocho meses de prisión en forma de ejecución condicional e inhabilitación especial para realizar contrataciones con el Estado a nivel nacional, provincial y municipal por tres años. También deberá realizar doce horas mensuales de  trabajo no remunerado en una institución pública o de bien público

Finalmente, y por mayoría, se condenó a Virginia Mónica Guala, como partícipe necesaria de los delitos de exacciones ilegales continuadas y falsedad ideológica continuada, en concurso real, a dos años y ocho meses de prisión en forma de ejecución condicional e inhabilitación especial para realizar contrataciones con el Estado a nivel nacional, provincial y municipal por tres. Al igual que en el caso anterior deberá realizar doce horas mensuales de  trabajo no remunerado en una institución pública o de bien público.

También el Tribunal odenó el decomiso de los  cinemómetros secuestrados oportunamente y declaró nulas las actas de infracción labradas por la Comuna de Estación General Paz, entre el 6 de junio de 2008 y el 10 de junio de 2010.

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